Es simple, hay que imaginarse al Presidente Chávez haciendo las mismas declaraciones pero sin la “Caja chica de PDVSA”, y preguntarse ¿Tendría sus lamentos el mismo impacto?.
Sus últimas declaraciones de rupturas formales con los gobiernos de Colombia y España no sólo representan un atraso en las relaciones entre los gobiernos, sino una amenaza abierta a las relaciones comerciales entre estos países.
No deja de maravillarme la idea que el gobernante bolivariano tenga la certeza que pueda decidir en las políticas internas de Colombia ó de la Administración del Presidente Alvaro Uribe. Colombia es un país que ha tenido que padecer en los últimos años, 42 para ser exactos, contantes secuestros por parte de la FARC[1], la cuál ha atormentado con una pancarta política de extorsión a sus ciudadanos.
Desde que he seguido las noticias no he dejado de pensar en la Soberanía. La Soberanía,
palabra que no sólo lleva una connotación amplia, jurídica, política y social, aún cuando en los últimos años ha cambiado el parámetro de la misma, sigue siendo el pilar de muchas de la Constituciones de los países del Mundo.
Si se buscase en el diccionario su significado podría leerse “Autoridad Suprema del poder público. En una democracia, la soberanía la ejercen los representantes del pueblo”.[2] Sin embargo si buscamos su connotación referente a la “Soberanía Nacional o Soberanía Popular”, se extiende el significado. Un ejemplo de ello es como se señala en la Carta Magna Mexicana Art. 30 donde se lee:
“La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo.
Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para su beneficio.
El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o
modificar la forma de su gobierno”.[3]
Nadie puede poner en duda que dichas connotación de Soberanía se aplica a la política, sin embargo, desde los indicios en que el “Hombre” se cuestiona el papel del Estado, desde Aristóteles hasta la actualidad, la Soberanía se ha definido como “La facultad inalienable del pueblo”.[4]
En el caso de Venezuela, también se recalca en su Constitución la importancia de la soberanía.[5]
“Artículo 15. …la soberanía, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, económico, social y la integración. Atendiendo la naturaleza propia de cada región fronteriza a través de asignaciones económicas especiales, una ley orgánica de fronteras determinará las obligaciones y objetivos de esta responsabilidad.”
Cuando aplicamos esta connotación al ámbito de política exterior, se entiende en general en las Constituciones de América Latina como “La Facultad que tiene el pueblo para no permitir a gobiernos extranjeros la imposición de su política jurídica y económica, la facultad por decidir por nosotros mismos”.
Sin embargo, en especial en este siglo XXI, se cuestionó el papel de la Soberanía a raíz de la Integración de Comunidad Económica Europea (CEE)[6], en este ámbito jurídico la Soberanía de los integrantes de la CEE, ha sido concedida a favor de un sistema comunitario en proceso de integración, no con el fin de cederla sino entregarla a la beneficio de la misma comunidad.
Ello ha dado como resultado que aquellos países que han logrado acuerdos comerciales en que la plataforma sea de una “Soberanía por parte de los integrantes Internacionales”. En el ámbito internacional es con fin en materia compartida, donde se hayan comprometido acuerdos como costumbre o Tratados, en este sentido la soberanía no se ejerce como “Supremacía” sino que se “coordina con los demás soberanos involucrados”.
En el ámbito Internacional la Constitución de Venezuela respeta y aplica la misma, ver:
“Artículo 152. Las relaciones internacionales de la República responden a los fines del Estado en función del ejercicio de la soberanía y de los intereses del pueblo; ellas se rigen por los principios de independencia, igualdad entre los Estados, libre determinación y no intervención en sus asuntos internos, solución pacífica de los conflictos internacionales, cooperación, respeto de los derechos humanos y solidaridad entre los pueblos en la lucha por su emancipación y el bienestar de la humanidad. La República mantendrá la más firme y decidida defensa de estos principios y de la práctica democrática en todos los organismos e instituciones internacionales.”
[1] FARC. Ref. 2008 http://en.wikipedia.org/wiki/Revolutionary_Armed_Forces_of_Colombia
[2] Diccionario de la Real Academia Española, Edición 2005.
[3] Cap. I, Art. 39, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, Editorial Trillas, México. 2004
[4] Obras de Aristóteles, Patricio de Azcarate, Libro Tercero.2008 http://www.filosofia.org/cla/ari/azc03101.htm
[5] Art15, Cap. I, Título II. Constitución de la República Bolivariana deVenezuela Ref. 2008. http://www.venezuela-oas.org/Constitucion%20de%20Venezuela.htm
[6] Tratado de la Comunidad Económica Europea. Ref. 2008http://europa.eu/scadplus/treaties/eec_es.htm
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